martes, 16 de octubre de 2012

Una sangría tonta


                                                                        PRESIDENTE

                                                             DE LA

                                           DIPUTACIÓN DE ZAMORA

 

           FRANCISCO MOLINA MARTINEZ, Diputado Provincial de Zamora en representación de  IZQUIERDA UNIDA y en referencia al próximo Pleno presenta la siguiente

 

MOCIÓN DE URGENCIA

          

 

 
El Pleno de la Diputación de Zamora ACUERDA (si la vota el PP):
 
*Solicitar al Ayuntamiento de Zamora que exima a la Diputación de tener que disponer de plazas de garaje vinculadas al nuevo edificio de las Arcadas por cuanto eso está suponiendo una sangría económica para la sociedad en general, y la condición de tener las plazas alquiladas por horas y días en el parking subterráneo privado de San Martín, no resuelve nada para la ciudad, limitándose por las raras condiciones del alquiler, al exclusivo uso de Diputados Provinciales.
 
*Solicitar un informe jurídico al Departamento de la Diputación que corresponda, para que verifique si realmente hay obligación por parte de la Diputación de aportar esas plazas de garaje vinculadas al Edificio de las Arcadas para cumplir el PGOU, y en caso de que el informe indique que no hay esa obligatoriedad negarse a hacerlo.
 

 

                 RAZON  DE LA PROPUESTA

 

1.      – La diputación tiene alquilados unos determinados pases para poder aparcar en la parking de San Martín todos y solo, los días laborables de 8 a 15 horas.

 

2.      – Tal alquiler supone 1.080 € al mes de coste para la institución.

 

3.      – Esto es consecuencia-según el Equipo de Gobierno- de que el Ayuntamiento de Zamora le exigió a la Diputación que cumpliera lo que dice el PGOU de dotar al Edificio de las Arcadas de plazas de aparcamiento.


4.       Sin embargo lo que dice el PGOU de Zamora es lo que sigue:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TIPOLOGÍA DE USO OFICINAS

 

c) Dotación de aparcamientos

En todos los edificios de construcción de nueva planta que incluyan oficinas

existirá una plaza de aparcamiento por cada 100 m² construidos o fracción del

conjunto de superficie de este uso, excluida la superficie correspondiente a la

entreplanta, en su caso, o la que resulte de la aplicación del instrumento de

planeamiento de desarrollo.

 

 No obstante, se consideran exentos de la reserva de

aparcamiento los siguientes casos:

 

 

1.- Edificios cuyo uso mayoritario no demande plazas de aparcamiento según lo

dispuesto en la presente Normativa.

 

2.- Edificios con uso mayoritario de oficinas que estén situados en solares que

cumplan alguna de las condiciones siguientes:

 

a. Tengan un fondo inferior a 10 m.

 

b. La superficie del solar sea igual o inferior a 250 m2.

 

c. La anchura del frente de fachada al vial sea igual o inferior a 8

metros.

 

d. Todas las fachadas den frente únicamente a calles cuyo uso sea

peatonal

 

e. Todas las fachadas den frente a calles de ancho menor de 5

metros entre alineaciones oficiales en ese tramo.

 

3.- Edificios incluidos en el Catálogo de Edificios Protegidos para los que,

justificada por condiciones específicas de protección, el Ayuntamiento limite

la apertura de huecos de garaje.

 

4.- En actuaciones de rehabilitación que no conlleven el vaciado interior de la

edificación ni la alteración de la estructura portante.

 

5.- En caso de manifiesta dificultad constructiva de cumplimiento de los índices

de aparcamiento señalados en este apartado, que habrá de justificarse

adecuadamente en el Proyecto Técnico que se presente para la obtención de

la preceptiva Licencia, el Ay untamiento podrá admitir que parte, o en su caso

la totalidad de la dotación de aparcamiento exigida, se cumpla con plazas de

aparcamiento en localización distinta a la del edificio para el que se solicita

licencia, siempre que concurran todas las siguientes condiciones:

 

 

- El aparcamiento esté situado en suelo urbano, y dentro de un círculo

de radio 500 metros con centro en el punto medio de la fachada del

edificio proyectado.

 

- Las plazas de aparcamiento no formen parte de la dotación mínima

exigida en otras promociones.

 

- Las plazas de aparcamiento cumplan las condiciones constructivas,

de dimensiones y accesibilidad a las mismas del presente Plan

General.

 

- Se aporte, con la solicitud de Licencia de Obra, documentación

acreditativa de la propiedad de tales plazas de garaje (documento

privado o escritura pública) y compromiso escrito de su vinculación a

la propiedad del edificio proyectado así como documentación gráfica

representativa de las plazas.

 

 

5.    En opinión de IU esta normativa permite la exención por parte del Ayuntamiento de la obligatoriedad de vincular plazas de garaje al Edificio de las Arcadas.

 

6.    En todo caso lo que está claro es que el Ayuntamiento no está siendo riguroso con su propia ley -el PGOU- pues exige que si no se pueden hacer las plazas de aparcamiento en el mismo edificio, se presente documentación que acredite la propiedad de otras plazas cerca. Y lo que es evidente es que la Diputación no es propietario de ninguna plaza;

 

 

7.    Se entiende por tanto que se puede negociar con el Ayuntamiento el romper la situación actual y que las plazas de las Arcadas, dadas las especiales circunstancias del edificio, y las económico-sociales actuales, no esté obligado a estar pagando 1.080 euros al mes a perpetuidad para nada.

 

8.    Encima el uso está siendo exclusivo para Diputados lo que afea aún más el asunto

 

 

 

                                                                                  Zamora  15   de   Octubre    del  2012

 

 

 

                                                           FRANCISCO MOLINA MARTÍNEZ

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