martes, 16 de octubre de 2012

El Ayuntamiento puede evitar el gasto tonto de 1080 € al mes


                                                                       ALCALDESA

                                                             DE

                                                       ZAMORA

                                           

           FRANCISCO MOLINA MARTINEZ, Concejal del Ayuntamiento de Zamora en representación de  IZQUIERDA UNIDA y en referencia al próximo Pleno presenta la siguiente

 

MOCIÓN DE URGENCIA

      

 
El Pleno del Ayuntamiento de Zamora ACUERDA (si lo vota el PP)
 
1.-Realizar un estudio jurídico que determine si es factible exonerar a la Diputación de Zamora de la obligatoriedad de tener contratadas plazas de garaje en el Parking  Subterráneo de San Martín para cumplir con las Ordenanzas del PGOU vigente en relación con el nuevo edificio de Las Arcadas (en la Plaza de Viriato).
 
2.-Que en todo caso se negocie con la Diputación la posibilidad de anular esa condición que está siendo una sangría para dicha institución, a favor sólo de los Diputados Provinciales, y sin ningún beneficio para la ciudad.
 

 

RAZÓN DE LA PROPUESTA

 

1.      – La Diputación tiene alquilados unos determinados pases para poder aparcar en la parking de San Martín todos, y sólo, los días laborables de 8 a 15 horas.

 

2.      – Tal alquiler supone 1.080 € al mes de coste para la institución.

 

3.      – Esto es consecuencia-según el Equipo de Gobierno de la Diputación- de que el Ayuntamiento de Zamora le exigió a la Diputación que cumpliera lo que dice el PGOU de dotar al Edificio de las Arcadas de plazas de aparcamiento.


4.       Sin embargo lo que dice el PGOU de Zamora es lo que sigue:

 

TIPOLOGÍA DE USO OFICINAS

 

c) Dotación de aparcamientos

 

En todos los edificios de construcción de nueva planta que incluyan oficinas

existirá una plaza de aparcamiento por cada 100 m² construidos o fracción del

conjunto de superficie de este uso, excluida la superficie correspondiente a la

entreplanta, en su caso, o la que resulte de la aplicación del instrumento de

planeamiento de desarrollo.

 

 No obstante, se consideran exentos de la reserva de

aparcamiento los siguientes casos:

 

 

1.- Edificios cuyo uso mayoritario no demande plazas de aparcamiento según lo

dispuesto en la presente Normativa.

 

 

2.- Edificios con uso mayoritario de oficinas que estén situados en solares que

cumplan alguna de las condiciones siguientes:

 

a. Tengan un fondo inferior a 10 m.

 

b. La superficie del solar sea igual o inferior a 250 m2.

 

c. La anchura del frente de fachada al vial sea igual o inferior a 8

metros.

 

d. Todas las fachadas den frente únicamente a calles cuyo uso sea

peatonal

 

e. Todas las fachadas den frente a calles de ancho menor de 5

metros entre alineaciones oficiales en ese tramo.

 

3.- Edificios incluidos en el Catálogo de Edificios Protegidos para los que,

justificada por condiciones específicas de protección, el Ayuntamiento limite

la apertura de huecos de garaje.

 

4.- En actuaciones de rehabilitación que no conlleven el vaciado interior de la

edificación ni la alteración de la estructura portante.

 

5.- En caso de manifiesta dificultad constructiva de cumplimiento de los índices

de aparcamiento señalados en este apartado, que habrá de justificarse

adecuadamente en el Proyecto Técnico que se presente para la obtención de

la preceptiva Licencia, el Ayuntamiento podrá admitir que parte, o en su caso

la totalidad de la dotación de aparcamiento exigida, se cumpla con plazas de

aparcamiento en localización distinta a la del edificio para el que se solicita

licencia, siempre que concurran todas las siguientes condiciones:

 

 

- El aparcamiento esté situado en suelo urbano, y dentro de un círculo

de radio 500 metros con centro en el punto medio de la fachada del

edificio proyectado.

 

- Las plazas de aparcamiento no formen parte de la dotación mínima

exigida en otras promociones.

 

- Las plazas de aparcamiento cumplan las condiciones constructivas,

de dimensiones y accesibilidad a las mismas del presente Plan

General.

 

 

- Se aporte, con la solicitud de Licencia de Obra, documentación

acreditativa de la propiedad de tales plazas de garaje (documento

privado o escritura pública) y compromiso escrito de su vinculación a

la propiedad del edificio proyectado así como documentación gráfica

representativa de las plazas.

 

 

5.    En opinión de este concejal esta normativa permite la exención por parte del Ayuntamiento de la obligatoriedad de vincular plazas de garaje al Edificio de las Arcadas. Basta ver los párrafos subrayados con negrilla.

 

6.    En todo caso lo que está claro es que el Ayuntamiento no está siendo riguroso con su propia ley -el PGOU- pues exige que si no se pueden hacer las plazas de aparcamiento en el mismo edificio, se presente documentación que acredite la propiedad de otras plazas cerca. Y lo que es evidente es que la Diputación  ni fue, ni es propietario de ninguna plaza de garaje en la zona

 

7.    En definitiva, si ahora ya no se está cumpliendo la ley (PGOU) pues no se le exigió a la Diputación que las plazas fuese de su propiedad entra dentro de lo lógico seguir la propia dinámica del sentido común, y proponer la exención a la Diputación de esa condición de aportar plazas de garaje en la zona que estén vinculadas al Edificio de las Arcadas.

 

8.    Esa disposición a negociar para anular ese compromiso no perjudica lo más mínimo a la ciudad, pues por el tipo de alquiler de las plazas sólo son factibles de uso por los Diputados, y encima permitiría a una institución pública, contener la absurda sangría de estar condenada de por vida a pagar 1.080 € mensuales.

 

9.    Téngase en cuenta que esos 1.080 € mensuales no los recibe el Ayuntamiento sino un particular, y que ese dinero sale del impuesto de todos los ciudadanos, por tanto cerrar esa vía de agua es una obligación de cualquier institución pública.

 

10.-Un acuerdo en el sentido indicado no supondría el incumplimiento de la ordenanza, puesto que de hecho ya está incumplida al no habérsele exigido a la Diputación en su día el que junto CON LA SOLICITUD DE LA LICENCIA DE OBRA se presentase documentación que acreditase la PROPIEDAD DE LAS PLAZAS DE GARAJE, cosa que no se da.

 

 

 

 

                                                               Zamora  16    de  Octubre  del 2012

 

 

                                                           FRANCISCO MOLINA MARTÍNEZ

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