jueves, 29 de septiembre de 2011

¿Qué ha hecho ARCEBANSA para que en la Diputación le quiten una obra?

Da la impresión de que un juzgado ha ordenado "resolver" (anular) el contrato que tenía la Diputación de Zamora con Arcebansa para que ésta construyera una carretera.
Muy gordo ha tenido que ser el asunto.
Por eso se pregunta tanto.

PRESIDENTE DE LA   DIPUTACIÓN DE ZAMORA
FRANCISCO MOLINA MARTINEZ,  Diputado Provincial de Zamora en representación de IZQUIERDA UNIDA y en relación con el proximo pleno presenta las siguientes

                    PREGUNTAS



En el decreto de esa presidencia nº 6.139 y fecha 14 de Septiembre del 2011 reza:

1º.-Sobre el tema del Decreto:

“ASUNTO: AMPLIACIÓN PLAZO AUDIENCIA. Resolución culpable de la obra “Acondicionamiento y Refuerzo de firme de la Carretera Provincial ZA-V-2314, Pinilla de Toro-Vezdemarban, puntos kilométricos 5+600 al 13+356,140”

2º.-En la introducción que tiene el decreto dice:

“Examinado el procedimiento iniciado relativo a la resolución del contrato suscrito con la empresa ARCEBANSA SA, para la ejecución de la obra denominada “Acondicinamiento y Refuerzo de firme de la Carretera Provincial ZA-V-2314, Pinilla de Toro-Vezdemarban, puntos kilométricos 5+600 al 13+356,140, financiada con cargo al Programa Operativo Local, anualidad 2005, obra nº 198, se han apreciado los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- En providencia de 29 de Agosto de 2011 se pone de manifiesto a la empresa ARCEBANSA SA, para que en el plazo de diez días naturales, a contar a partir del siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación de la presente providencia, puedan formular alegaciones y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes”

3º.- Indicando el punto Segundo de la Resolución del Presidnete:

“Segundo.-Acordar una ampliación de plazo por cinco días, de acuerdo al artículo 49,1 de la ley 30/92, Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y denegar la suspensión del plazo solicitada de acuerdo a lo dispuesto en las consideraciones jurídicas
PUES BIEN, ANTE TODO ESTO -QUE APARECE EN EL DECRETO O RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA DIPUTACIÓN DE ZAMORA SE PREGUNTA:

i)                    ¿Estamos ante una resolución judicial por la cuál se obliga a resolver-o sea, a anular-el contrato con la empresa Arcebansa EN LO RELATIVO A LA CITADA OBRA.
ii)                   Si se trata de una obra del año 2005 que no llega a 8 kms de carretera que sólo habia que “acondicionar y reforzar” ¿no tendría que estar esa obra acaba ya, puesto que han pasado 6 años?
iii)                 ¿Por qué se acabó en un juicio y qué dice la sentencia?
iv)                 ¿Qué ley o norma quebró la empresa en cuestión para que la cosa acabara ante los tribunales
v)                  Porque se habla de RESOLUCIÓN CULPABLE.  
vi)                 En que estado está a fecha de hoy el asunto.

 
            RAZÓN DE LAS PREGUNTAS
No es frecuente , ni normal algo así ¿no?
Como estas preguntas se formulan con suficiente antelación rogaría estén preparadas las respuestas para el pleno de octubre, no imporntándome que se me proporcionen por escrito con antelación
                                                     Zamora  29  de Septiembre del  2011
                            FRANCISCO MOLINA MARTÍNEZ


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